Cuando la pensión de alimentos de los hijos resulte impagada se le podría reclamar a través de  DOS  vías:

1ª.-   Puede solicitar del mismo Juzgado que acordó dicha pensión de alimentos que se EJECUTE la SENTENCIA que acordó el establecimiento de la pensión de alimentos. Este cauce, es un procedimiento civil de reclamación de cantidad, que sólo tiene consecuencias patrimoniales contra el deudor (embargo de nómina, vehículos, inmuebles, rentas, pensiones, saldos de cuentas, etc.).La pena por no pagar la pensión de alimentos

2ª.- El que tiene derecho a percibir la pensión de alimentos de los hijos, que es quien tiene su guarda y custodia, puede interponer una DENUNCIA PENAL por impago de la pensión de alimentos acordada en una sentencia. A esta vía, la PENAL, es a la que nos vamos a referir en este artículo.

La pena por no pagar la pensión de alimentos que puede ser impuesta podrá ser de 3 meses a 1 año de prisión o multa de 6 a 24 meses.