El pasado 1 de enero entró en vigor el nuevo valor de referencia de las viviendas establecido por la Administración y se calcula teniendo en cuenta el precio de las últimas operaciones realizadas en la zona donde se encuentre la vivienda.
Sobre ese valor de referencia, Hacienda aplica un coeficiente de minoración del 0,9, que en la práctica supone una reducción del 10%.
Si el contribuyente no está de acuerdo con el valor que se le asigna, primero deberá liquidarse el Impuesto de Transmisiones por el nuevo propietario y tras ello, pedir una rectificación a la Agencia Tributaria y acreditar la diferencia entre el valor asignado y el valor real, lo cual implicará costes de abogado y perito tasado de la vivienda.
Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.
Las cookies estrictamente necesarias tiene que activarse siempre para que podamos guardar tus preferencias de ajustes de cookies.
Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.
Esta web utiliza Google Analytics para recopilar información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares.
Dejar esta cookie activa nos permite mejorar nuestra web.
¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!