La Sentencia dictada por el TJUE el 21 de diciembre de 2016 supondrá a los bancos más de 4.000 millones de euros, que deberán ser devueltos a aquellos clientes con cláusulas suelo abusivas en sus hipotecas desde la fecha de la contratación.
La Resolución del TJUE analiza las cuestiones prejudiciales planteadas por varios tribunales españoles en relación a la interpretación de los artículos 6 y 7 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores.
El Tribunal Supremo español declaró abusivas la mayoría de estas cláusulas pero limitó la compensación de lo pagado a la misma fecha de la sentencia, el 9 de mayo de 2013.
El TJUE se ha pronunciado ahora en el sentido de que la decisión del TS vulnera la Directiva referida y por tanto, para proteger los derechos del consumidor deben devolverse todas las cantidades que los clientes han abonado durante la vida del préstamo hipotecario.